Mescyt
Mensaje de Navidad. Dr. Franklin García Fermín. Diciembre 2025.
Realización: Ángel Ruiz-Bazán
Dirección de Comunicación
Departamento de Relaciones Públicas
Se busca por intermedio de este lodazal social, difundir y educar a los inquilinos de quienes habitamos este secuestrado mundo, la realidad de una aldea denominada REPÚBLICA DOMINICANA,por medio de fotos, vídeos,siluetas, así como otros medios visuales de expresión, ya que nuestro idioma esta enajenado.Existe la libertad de morirse operado por los fraudes, a todo nivel...el mismo Estado, es una UTOPÍA.
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Mensaje de Navidad. Dr. Franklin García Fermín. Diciembre 2025.
Realización: Ángel Ruiz-Bazán
Dirección de Comunicación
Departamento de Relaciones Públicas
El director ejecutivo del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), Wellington Arnaud, inspeccionó los trabajos del alcantarillado sanitario de Mao, provincia Valverde, comprobando que la planta de tratamiento de aguas residuales está avanzada en un 70 por ciento.
«Estaremos listos ahora en diciembre para, en el mes de enero o principio de febrero, inaugurar esta importante obra que se esperó por décadas aquí en el municipio de Mao”, sostuvo.
Agregó que la obra devolverá salud y dignidad a más de 54 mil personas. Reiteró el compromiso del gobierno, encabezado por el presidente Luis Abinader, de no dejar a nadie atrás y garantizar que los recursos lleguen a los sectores más vulnerables. Recordó que antes este tipo de obras no eran una prioridad porque las tuberías van por debajo de la tierra y no se ven, pero se sienten en la salud de la gente.
Por Miguel SOLANO
Al disponer la violación de nuestra Constitución Luis Abinader perdió su condición de presidente de la República.
Constitución Dominicana
Artículo 3.-
«Inviolabilidad de la soberanía y principio de no intervención. La soberanía de la Nación dominicana, Estado libre e independiente de todo poder extranjero, es inviolable.

Ninguno de los poderes públicos organizados por la presente Constitución puede realizar o permitir la realización de actos que constituyan una intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la República Dominicana o una injerencia que atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran en esta Constitución. El principio de la no intervención constituye una norma invariable de la política internacional dominicana».