Himno a la Patria

lunes, 16 de noviembre de 2020

Fomento a la inversión extranjera.




              Johnny Sánchez  


Análisis 

El Centro Dominicano de Promoción de Inversiones de la República Dominicana (CEI-RD), que ahora se llama ProDominicana, tendrá entre sus funciones revisar las inversiones y constatar la obligación de realizar una inversión nueva, o ampliar una existente para tener incentivos. De ese proyecto enviado por el Ejecutivo no hay nada definido y el resultado final podría variar mucho. 

En síntesis, dice así: Empresarios extranjeros, como dominicanos que realicen inversiones nuevas o amplíen las ya existentes podrán solicitarlo en los siguientes seis meses de su aprobación.  

El propósito del proyecto de ley que establece el “Registro de Garantía de Estabilidad Jurídica” es que todas las condiciones vigentes al momento en que un empresario nacional o extranjero hace una inversión no puedan variarse por 20 años en cuanto al pago de impuestos, tasas y arbitrios municipales, a regímenes aduaneros y al régimen laboral. Analicemos esto: 

A los inversores que se acojan a estas disposiciones se les garantizaría estabilidad frente a posibles reformas que puedan variar el régimen impositivo vigente a la fecha de registro, en las tasas y arbitrios en el orden municipal, en los regímenes aduaneros que se deriven de las leyes especiales y del régimen laboral en cuanto a cualquier disposición aplicable al momento de la contratación de los empleados. La propuesta aspira atraer inversiones nuevas y proteger o ampliar las ya existentes. 

El proyecto modificaría la Ley 16-95 de Fomento a la Inversión Extranjera, y fue introducido por el senador Alexis Victoria Yeb  

Según el informe «Doing Business 2019, que elabora el Banco Mundial, existe una serie de factores que complican el ingreso de inversiones en la RD, entre los que destaca la burocracia para iniciar un negocio, la fuerte carga y papeleo tributario y las regulaciones que dan una fuerte rigidez a las relaciones laborales» 

En particular, el estudio compara la dificultad de obtener licencias para la construcción y puesta en marcha de, por ejemplo, una empresa. En este particular apartado, la R.D. sufre su peor revés y se ubica dentro de los peores países, estando en el puesto 165, siendo superado por países como Venezuela, que en el ranking global están por detrás de nuestro país 

Construir y obtener las licencias para poner en marcha una empresa minera en el país toma casi un año (338 días) y 18 procedimientos, mientras que en Bolivia se hace en 249 días y 17 pasos, y tienen mucho gas. En cuanto a lo fiscal, el informe afirma que cuanto más fuerte es el peso impositivo más se tiende a la evasión. 

Según los especialistas, el país debería mejorar en casi todos los aspectos para ponerse de nuevo en la mira de los inversores y subir en el ranking del Banco Mundial. Para ello, «el Gobierno debería revisar todas las regulaciones y aplicar reformas como vienen haciendo los demás países». 

La Inv.Ex.Directa, IED) de RD proviene en su mayoría de EUA, principalmente de capitales dominico-americanos, quienes fueron los que adquirieron mayor cantidad de empresas en la época liberal de Leonel. Hoy, su inversión se destina en mayor medida para la mejora de estas y no para la locación de nuevas empresas. De todos modos, hay que seguir incentivando esta actividad, ya que la reinversión en las empresas locales genera innumerables beneficios, tanto económicos como culturales. 

Por ej. Las personas físicas o morales que realicen las inversiones definidas en el artículo 1 de esa Ley tendrán derecho a remesar al exterior, en monedas libremente convertibles, sin necesidad de autorización previa, el monto total del capital invertido y los dividendos declarados durante cada ejercicio fiscal, hasta el monto total de los beneficios netos corrientes del período, previo pago del impuesto sobre La Renta, incluyendo las ganancias de capital realizadas y registradas en los libros de la empresa de acuerdo con los principios de contabilidad. 

También podrán repatriar, bajo las mismas condiciones, las obligaciones resultantes de contratos de servicios técnicos donde se establezcan honorarios por motivos de transferencia tecnológica y/o contratos para la fabricación local de marcas extranjeras donde incluyan cláusulas de pago de regalías (royalties), siempre que dichos contratos y los montos o procedimientos de pagos envueltos haya sido previamente aprobados por el Banco Central de la República Dominicana o un organismo oficial que se designe posteriormente para coordinar, agilizar y supervisar todo lo relativo a la Inversión Extranjera. 

ART.8. Dentro de los 60 días siguientes de aprobado incentivos, el inversionista extranjero deberá comunicar al Banco Central TODO. Seguiremos. 

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